Tatuajes en el ejército.

La publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del jueves 20 de mayo de 2021, conlleva uno de las modificaciones que más han estado esperando muchos de los opositores a Tropa y marinería. ¡Ya puedes acceder al ejército español con tatuajes!

En la Resolución  452/38171/2021, de 13 de mayo, de la de la Subsecretaría, por la que se modifica la Resolución 452/38007/2021, de 21 de enero, por la que se aprueba el proceso de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación para incorporarse a las escalas de tropa y marinería, se modifica el apartado 3.3.g) del anexo I de las bases de la convocatoria, quedando redactada de la siguiente manera: “Carecer de inserciones o tatuajes que puedan ser contrarios a los valores constitucionales o atentar contra la imagen de las Fuerzas Armadas.”

Anteriormente, se podía acceder con tatuajes que no fueran visibles con las diferentes modalidades de uniformidad existentes en las Fuerzas Armadas  no especiales, cuya denominación, composición y utilización se recoge en la Orden Ministerial 6/1989, de 20 de enero, todo ello de conformidad con el artículo 15.5 del Reglamento, en la redacción dada al mismo por el Real Decreto 378/2014, de 30 de mayo.

Pero, este requisito ha sido modificado, ahora los aspirantes a las Fuerzas Armadas pueden acceder siempre y cuando los tatuajes no sean contrarios o atenten contra la imagen de las mismas. Esta normativa entró en vigor, como novedad, en 2021, dando acceso así a mayor número de aspirantes.

Así que, si lo que te frenaba para entrar en el ejército eran tus tatuajes, ya no tienes ningún tipo de excusa, están permitidos los tatuajes. Empieza a prepararte las oposiciones de Tropa y marinería desde hoy y podrás formar parte de nuestras Fuerzas Armadas.